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SOCIEDAD

¡Oficial! Multa de 7.500 euros por cada trabajador que no cumpla con el registro de horario

El cambio del horario de jornada laboral a 37,5 horas también un registro horario más controlado

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno de España

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno de España / SPORT

climatetribe.org

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La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas es una medida que ya se encuentra en la fase final de su implementación. Sin embargo, muchas personas temen que este cambio no se haga de forma completa en cuanto se implemente la medida, sino que sea de forma gradual o que incluso no se llegue a cumplir en ningún momento, dependiendo de la empresa.

El Ministerio de Trabajo ha confirmado una medida sancionadora para aquellos que no cumplan con el registro horario. Y consistiría en una multa de 7.500 euros por cada trabajador que no cumpla con la reducción de horas de trabajo. Una multa que correrá a cargo de la empresa, y de esta forma intentar asegurarse que las mismas cumplan con la nueva medida laboral.

Es decir, estas sanciones ya no irían dirigidas a las empresas en conjunto, sino que deberá pagar por cada trabajador que incumpla el horario. En la actualidad, la inspección de Trabajo las incluye en su normativa desde el 12 de mayo. Y es que en España el registro de la jornada laboral es una obligación legal para todas las empresas. Incumplirlo resulta en sanciones de distinta gravedad:

  • Infracción leve: si la empresa no informa sobre las condiciones laborales o no lleva un registro adecuado de las horas trabajadas, la multa oscilará entre 60 y 625 euros por cada jornada laboral que no registrada de la forma correcta.
  • Infracción grave: en casos donde no se computen correctamente las horas extras, la multa puede variar entre 626 y 6.250 euros.
  • Infracción muy grave: cuando se detectan impagos, retrasos en los pagos de salarios o la utilización indebida de menores en horas extras, las sanciones ascienden a entre 6.251 hasta 187.515 euros.