PENSIONES
La Seguridad Social lanza un aviso urgente: podrías perder tu pensión si no presentas este documento antes del 31 de marzo
En los últimos años, el sistema de pensiones ha experimentado diferentes cambios

Elma Saiz
En los últimos años, el sistema de pensiones ha ido cambiando, afectando directamente a quienes están cerca de la jubilación. Entre las principales novedades destacan el retraso en la edad de jubilación y la necesidad de haber cotizado más años para poder cobrar la pensión completa.
A estas modificaciones se suman nuevas obligaciones administrativas para quienes reciben determinadas ayudas, especialmente en el caso de las pensiones no contributivas, ya que su continuidad depende de los ingresos del pensionista y de las personas con las que convive.
La normativa recogida en el artículo 368 de la Ley General de la Seguridad Social, aplicable tanto a la pensión de invalidez como a la de jubilación, establece la obligación de presentar una declaración anual de rentas.
Por tanto, quienes perciban este tipo de ayudas deberán "presentar, en el primer trimestre de cada año, una declaración de los ingresos de la respectiva unidad económica de la que forme parte, referida al año inmediato precedente".
Cuando se superan los límites económicos establecidos cada año en los Presupuestos Generales del Estado, la pensión puede reducirse o incluso dejar de cobrarse, ya que no se trata de una prestación de importe fijo. Por este motivo, la Seguridad Social debe comprobar que la situación económica no ha cambiado de forma significativa.

El incumplimiento de este requisito puede causar la suspensión temporal de la pensión no contributiva / La FM
Si la declaración de ingresos no se presenta dentro del plazo previsto, que suele finalizar el 31 de marzo, el organismo gestor remitirá un aviso al beneficiario. Si tras ese requerimiento no se regulariza la situación, se aplicará la suspensión cautelar del pago de la pensión, conforme a lo establecido en el Real Decreto 357/1991 y la normativa vigente.
Esta suspensión no implica la pérdida definitiva del derecho a la pensión. Una vez presentada la documentación y verificado que se siguen cumpliendo los requisitos, el pago se reanudará y se podrá solicitar el abono retroactivo de hasta tres meses.
Además del trámite anual del primer trimestre, los beneficiarios deben comunicar cualquier cambio en su situación personal o económica en un plazo máximo de 30 días, con el fin de evitar cobros indebidos.
- Se calienta el fichaje de Víctor Muñoz
- El Barça toma una decisión con el fichaje de Xavi Simons
- Plantean un intercambio Barça-Inter por Bastoni
- España tranquiliza al Barça con Lamine Yamal
- Carrera MotoGP del GP de las Américas 2026: resumen y tiempos tras la victoria de Marco Bezzecchi
- El Inter se activa para suplir la posible marcha de Bastoni al Barça
- El Real Madrid tiene decidido su primer fichaje de verano
- Confirmado: las tres camisetas oficiales del Barça para la próxima temporada
