JUBILACIÓN
Confirmado: La Seguridad Social adelanta la jubilación 10 años y sin coeficientes reductores para los trabajadores que cumplan con la cotización
El Gobierno ha anunciado cambios importantes que afectarán a miles de trabajadores

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España / climatetribe.org
La Seguridad Social ha anunciado cambios importantes que afectarán a miles de trabajadores con discapacidad en España. La nueva norma permitirá jubilarse hasta diez años antes de la edad ordinaria y, lo más importante, hacerlo sin que se reduzca la pensión, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones confirma que se amplía el número de patologías que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. Gracias a esta medida, unas 50.000 personas podrían retirarse antes, incluso desde los 56 años, dependiendo de su situación.
La ministra Elma Saiz defendió la medida como un paso necesario para este colectivo. Según sus palabras, “es una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y que, por ello, necesitan anticipar su edad de jubilación para equipararse al resto de los trabajadores”. Además, añadió que “era algo con lo que el Gobierno estaba comprometido y que viene a atender una demanda de este colectivo”.
Entre las nuevas patologías que se incorporan al listado están la espina bífida, el párkinson, la enfermedad de Huntington, la distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), la amiloidosis por transtiretina variante, la enfermedad renal crónica en estadio 5, la esclerosis sistémica, la lesión medular, la degeneración corticobasal, la atrofia multisistémica y la parálisis supranuclear progresiva.

Ya hay herramientas que ayudan, por ejemplo, para el diagnóstico de enfermedades / Freepik
Esta actualización se reflejará en el Anexo del Real Decreto 1851/2009. Una vez aprobada, las personas afectadas podrán jubilarse antes sin perder nada de su pensión. Para ello, deberán cumplir tres requisitos:
- Estar en alta o en situación asimilada al alta
- Acreditar al menos 15 años de cotización
- Haber convivido durante al menos cinco años con alguna de estas patologías con una discapacidad del 45% o más.
El tiempo que se adelante se contará como cotizado a efectos del cálculo de la pensión, por lo que los trabajadores no verán reducida la cuantía final que les corresponde.
Además, el Gobierno mantiene otro mecanismo para los trabajos especialmente duros o peligrosos, regulado en el Real Decreto 402/2025. En estos casos, se solicitan informes a distintos organismos, y una comisión integrada por representantes ministeriales y de los interlocutores sociales evalúa cada solicitud antes de aplicar los coeficientes reductores.
Algunos ejemplos ayudan a entender cómo funcionarán estas medidas. Según Sammos Legal, un trabajador con una discapacidad igual o superior al 65% que cumpla los requisitos de cotización puede adelantar su jubilación mediante coeficientes especiales sin que su pensión se vea afectada.
En profesiones concretas, como la de bombero, alguien con 35 años de servicio podría jubilarse a los 59 años en lugar de 60, aplicando un coeficiente reductor del 0,20 por cada año trabajado.
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