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Por qué Krampelj no será castigado por su acción contra Cacok en el UCAM Murcia-Surne Bilbao

Lo que dice el reglamento tras las decisiones de los colegiados

Captura de pantalla de la polémica acción en el partido UCAM Murcia-Surne Bilbao

Captura de pantalla de la polémica acción en el partido UCAM Murcia-Surne Bilbao / DAZN

Dioni García

El pasado sábado, en el triunfo por 100-81 del UCAM Murcia contra el Surne Bilbao, se vivió un episodio antideportivo con el pívot Martin Krampelj, del equipo bilbaíno, como protagonista. La jugada se dio a poco más de un minuto para el final del tercer cuarto, con 67-61 en el marcador para los universitarios. En un contraataque murcianista, el pívot visitante se desentendió del balón y propinó un fuerte golpe a Devontae Cacok en el pecho. El interior murcianista quedó tendido en el suelo por el fuerte impacto mientras que varios compañeros, Falk, Ennis y Radebaugh, acudieron a recriminar al esloveno su acción antideportiva, que podría haber ocasionado una lesión. El capitán del UCAM le dio un empujón a Krampelj y se montó una trifulca.

Tras apaciguarse los ánimos, los árbitros recurrieron al instant replay para decidir las sanciones a aplicar. Se esperaba que Krampelj fuera descalificado, y fue así, pero no por una técnica descalificante, sino por una antideportiva y una técnica. A Radebaugh también le señalaron una antideportiva, por lo que ambas se compensaron y no hubo tiros libres. Y por ese motivo, porque no fue descalificado, el jugador del Bilbao no tendrá ninguna sanción.

En el supuesto de haber aplicado una descalificante, los colegiados sí que tendrían que haber hecho un informe posterior que se habría elevado al Comité de Competición de la Federación Española de Baloncesto, que es el que resuelve estos conflictos. Pero como no fue así se considera una situación del juego.

Es decir, que por una antideportiva y una técnica, independientemente de lo que haya ocurrido, no toma cartas en el asunto. Si lo hiciera ahora, sentaría un precedente. “Es muy raro, por no decir imposible, que entren en situaciones deportivas si no existe informe arbitral aunque haya una grabación”, dicen las fuentes consultadas por esta Redacción, ya que “el criterio de los árbitros en el momento prevalece y el Reglamento determina cuatro casos para faltas antideportivas”, añaden. Uno de esos supuestos dice lo siguiente: “Un contacto con un oponente sin intentar legítimamente jugar directamente el balón dentro del espíritu y la intención de las reglas”.

Lo que dice el artículo 38.1.1 del reglamento

En cualquier caso, el artículo 38.1.1 del reglamento, donde se recogen los supuestos de faltas descalificantes, considera “cualquier infracción antideportiva flagrante” como sancionable pero en caso de que no haya balón en juego con situación de violencia, ya sea verbal o física, se considerará como tal y conllevaría un informe al Comité de Disciplina pertinente, que será quien determine la sanción a aplicar. Sin embargo, como estaba el balón en juego no se considera una acción flagrante.

¿Por qué no fueron descalificados los entrenadores?

Además, según el reglamento, todo aquel integrante del banquillo que abandone el mismo debe ser descalificado, algo que hicieron Jaume Ponsarnau, entrenador bilbaíno que se cruzó toda la pista para sacar a su jugador de la misma, y Sito Alonso, al que se le ve en un momento llegar hasta casi el centro de la misma. Pero esta situación la pasaron por alto los colegiados del encuentro por una situación que recoge el reglamento, que dice en el artículo 39.2.2 que “solo el primer entrenador y/o el primer entrenador ayudante están autorizados a abandonar la zona de banquillo durante un enfrentamiento o durante cualquier situación que pueda conducir a aun enfrentamiento, para ayudar a los árbitros a mantener o restablecer el orden. En tal caso, no serán descalificados”. Por tanto, acierto de los colegiados al no expulsar a los técnicos.