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Aviso de Hacienda a quienes cobraron paro en 2025: el límite que obliga a hacer la declaración de la Renta

¿Cuenta el paro como un segundo pagador en la Renta 2025/26?

María Jesús Montero, ministra de Hacienda

María Jesús Montero, ministra de Hacienda / climatetribe.org

David Cruz

David Cruz

Cada vez queda menos para hacer la declaración de la Renta 2025/26, y es imprescindible aclarar todas las dudas pertinentes antes de realizar el trámite para descubrir si tienes que pagar o te van a devolver. Y si en caso de pagar, puedes aplicar alguna deducción.

Por ejemplo, son muchas las personas que quieren saber si cobrar una prestación por desempleo afecta a la obligación de presentar la declaración de la Renta. ¿Y qué dice la Agencia Tributaria?

El paro cuenta con segundo pagador. A efectos fiscales, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se considera un pagador de rendimientos del trabajo, exactamente igual que lo sería una empresa.

Esto significa que, si durante 2025 trabajaste para una empresa y después comenzaste a cobrar la prestación por desempleo, Hacienda entiende que has tenido dos pagadores diferentes durante el mismo ejercicio.

Declaración de la renta

Declaración de la renta / Sport

Cuando un contribuyente tiene un solo pagador, el límite general para no estar obligado a presentar la declaración suele situarse en 22.000 euros anuales. Sin embargo, cuando hay dos pagadores la situación cambia.

Si los ingresos del segundo pagador superan los 1.500 euros al año, el límite para estar obligado a presentar la Renta baja hasta los 15.876 euros anuales en conjunto.

Pongamos un ejemplo: una persona que cobre salario de una empresa y después paro del SEPE se verá obligada a presentar la declaración aunque haya cobrado, por poner una cifra, 18.000 euros este último año.

Además, muchos contribuyentes descubren que su declaración sale a pagar tras haber cobrado el paro. Esto no se debe a una penalización por tener dos pagadores.

El motivo suele estar en las retenciones. El SEPE aplica en muchos casos una retención de IRPF muy baja o incluso inexistente, lo que provoca que al hacer la declaración anual aparezca una diferencia a favor de Hacienda que debe regularizarse.