Suerte
Confirmado por la ley: Puedes reclamar tu parte del premio de la Lotería de Navidad si estás casado con separación de bienes
El Código Civil especifica qué ocurre en los casos en los que los matrimonios estén acordados con la clausula especifica y cómo se reparte el premio

Décimo de Lotería de Navidad en manos de una jugadora. / EP
Toda España está pendiente de la clásica cantinela de los Niños de San Ildefonso desde el Teatro Real de Madrid para saber si este año tiene la suerte de su lado y puede rascar alguno de los premios de la Lotería de Navidad, un sorteo que se puede seguir desde la web de SPORT.
Hay 2.772 millones de euros en juego, aunque el más esperado es el Gordo, con 400.000 euros por cada décimo premiado, que aunque se haya devaluado en gran manera con el paso de los años, sigue siendo uno de los más deseados de todo el año.
Cada boleto tenía un coste de 20 euros, y en muchos casos se juega de forma partida, a través de las particiones en las que cada uno aporta una cantidad del importe, algo que le autoriza a quedarse con parte del premio en caso de que toque, sea cual sea la cantidad.

Lotería de Navidad 2025. / Eduardo Parra / Europa Press
Esto se hace una vez la persona acude al banco a cobrarlo, momento en el que debe identificar a cada ganador y la cantidad aportada al comprar el boleto. Sin embargo, muchos se preguntan qué ocurre en aquellos casos en los que el premio toca a un matrimonio en el que se ha acordado una separación de bienes.
En estas situaciones, el Código Civil, a través del artículo 1437, especifica que "en el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y, los que después adquiera por cualquier título. Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes".
La cosa cambia cuando hay un régimen económico matrimonial ganancial. Según el artículo 1351 del Código Civil, "las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges en el juego o las procedentes de otras causas que eximan de la restitución pertenecerán a la sociedad de gananciales".

Una persona compra un décimo de la Lotería de Navidad / E
A la práctica, esto implica que si el décimo fue pagado con el dinero de los dos, el premio está considerado un bien ganancial y el premio debe repartirse independientemente de quién lo haya comprado. El resultado es el mismo en los casos en los que el décimo haya sido comprado con el dinero de una de las partes de manera exclusiva.
La Lotería se celebra desde el año 1812, por lo que se trata de una tradición en España de pleno derecho y ya suma más de 200 años de vida. El primero que se retransmitió en vivo por parte de RTVE fue el de 1957, así que de aquí a dos años se celebrará el 60 aniversario de este evento que une a los jugadores y que genera ilusión por todo el país.
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