Revés judicial
La Justicia tumba Madrid Central, Plaza Elíptica y todas las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid
El TSJM estima un recurso de Vox y considera que la Ordenanza de movilidad incurre en "manifiesta insuficiencia" respecto al estudio del impacto económico de las restricciones al tráfico

Sara Fernández
Víctor Rodríguez, Elena Marín
A petición del Grupo Municipal Vox, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado una serie de modificaciones de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de la capital en las que se define el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio así como las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) del distrito Centro y Plaza Elíptica.
Siguiendo la reciente doctrina del Tribunal Supremo, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha considerado que el reglamento concurre en una "manifiesta insuficiencia" respecto al informe del impacto económico previo a la aprobación de la Ordenanza. Era una de las alegaciones de Vox en su recurso, que incluía otras relativas a irregularidades en el proceso de aprobación que no han sido estimadas. La formación había interpuesto el recurso contencioso-administrativo en 2022 contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de septiembre de 2021 que aprobaba una modificación de la ordenanza.
El tribunal entiende que "no existe ni un estudio ni una ponderación, ni tan siquiera una enumeración o indicación de los concretos efectos y repercusiones económicas de la medida. [...] Ni tan siquiera se incorporan a este apartado datos como el número aproximado de vehículos que pudieran verse afectados por las restricciones", añade.
Los magistrados no cuestionan la potestad del Ayuntamiento para establecer ZBE en la ciudad. Sin embargo, sí consideran que se da una “patente insuficiencia del informe de impacto económico” que permitiera, entre otras cuestiones, evaluar si la medida pudiera producir "un efecto discriminatorio para los colectivos más vulnerables económicamente".
La sentencia subraya el hecho de que las restricciones a la circulación que fija la ordenanza para determinados vehículos pueden afectar de mayor manera a las personas con menos capacidad económica y con más dificultades, por tanto, para adquirir un vehículo menos contaminante. No considerar ese factor, se incide, obvia el principio de transición justa contenido en la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética.
Asimismo, el texto también alude a cómo afectan esas restricciones a los vehículos profesionales, y considera importante que se hubiera tenido en cuenta la situación de autónomos, microempresas o pymes para renovar sus vehículos.
Siguen en vigor
La resolución del TSJM aún no es firme y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que, de momento, las ZBE siguen en vigor. Desde el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Gobierno municipal señalan que la sentencia la tienen que valorar los servicios jurídicos municipales antes de tomar una decisión.
Desde la oposición sí se ha pronunciado la portavoz adjunta del PSOE municipal, Enma López, quien en un audio remitido a los medios, señala que el revés judicial pone de manifiesto "un ejemplo más de las chapuzas Almeida", en referencia a otros casos en los que la justicia ha anulado actos del Ayuntamiento por cuestiones de procedimiento, como la Ordenanza de Terrazas de 2021, tumbada, entre otros motivos, por no haber incluido un trámite de información pública.
Por su parte, la portavoz de Más Madrid, Rita Maestre, ha reprochado a Almeida y al PP haber alimentado el negacionismo climático contra la izquierda y ha considerado la sentencia una "muy mala noticia para la salud de los madrileños". Su formación, ha añadido, tenderá la mano para mantener las ZBE y exige al Ayuntamiento que recurra la sentencia y ponga en marcha todas las soluciones a su alcance para impedir que se den pasos atrás en la calidad del aire de Madrid.
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