Pensiones
La Seguridad Social refuerza controles de pensiones de viudedad: miles de mujeres están bajo la lupa
Las personas deben informar de los cambios de su situación civil y podrían perderla si no cumplen los requisitos

Archivo - Una mujer se abanica durante la ola de calor. / Marta Fernández - Europa Press - Archivo
Celia López
La Seguridad Social está endureciendo los controles sobre la pensión de viudedad. La mayor parte de los beneficiarios de esta prestación suelen ser mujeres y aquellas que no informen de los cambios de su situación o formen una nueva pareja podrían perder esta pensión.
La prestación por viudedad es la segunda en número tras la jubilación y está bajo una revisión intensificada de la Seguridad Social. Las causas más comunes de revocación de la prestación son:
- Nuevo matrimonio o pareja de hecho posterior al fallecimiento del causante, salvo ciertas excepciones
- Falta de vínculo legal o convivencia prolongada, como no estar inscrita como pareja de hecho, no haber cotizado lo suficiente, o no poder demostrar dependencia económica
Los datos recientes de la Seguridad Social indican que la pensión de viudedad actualmente tiene una cuantía media de 874 euros al mes. En los últimos meses, se han endurecido los criterios y se están retirando prestaciones a quienes no cumplen todos los requisitos.
Aquellas personas que hayan iniciado una nueva vida en pareja solo pueden conservar la pensión si esta supone al menos el 75% de sus ingresos anuales, o si los ingresos conjuntos de la pareja no superan el doble del salario mínimo interprofesional.
Ante un mayor celo por parte de la Administración, en los últimos meses se han disparado las consultas en despachos de asesoría y puntos de atención ciudadana.
Algunas personas han descubierto que no cumplían los requisitos y otras han recibido la suspensión sin previo aviso. Esto les ha llevado a iniciar un procedimiento para justificar el derecho. Si se detectan irregularidades, la Seguridad Social reclama la devolución de lo cobrado indebidamente.
Las recomendaciones para evitar sorpresas desagradables pasan por comunicar de forma inmediata cualquier cambio en el estado civil o la situación personal a la Seguridad Social y asegurarse de cumplir con los requisitos legales vigentes: cotización del fallecido, vínculo acreditado (matrimonio o pareja de hecho registrada), dependencia económica. También se recomienda revisar y mantener a salvo la documentación necesaria, como certificados de empadronamiento, justificantes de ingresos o registros oficiales de pareja.
Si recibes una notificación de revisión o denegación de la prestación, presenta una reclamación administrativa en plazo (generalmente 30 días), y si procede, sigue la vía judicial.
Vía: El Periódico
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