FC Barcelona
El Supremo anula una norma del 'seient lliure'
El Tribunal considera que no se cumplían los requisitos legales para obligar a los socios a ceder su abono solo a través del sistema oficial del club

La norma del 'seient lliure' se endureció bajo el manato de Josep Maria Bartomeu / EFE
El Tribunal Supremo ha asestado un golpe de gran alcance al FC Barcelona. El alto tribunal ha anulado el artículo 73 de los estatutos azulgranas, aprobado en octubre de 2018 durante el mandato de Josep Maria Bartomeu, que prohibía a los socios ceder su abono a cambio de cualquier tipo de contraprestación económica.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, considera nula de pleno derecho la modificación estatutaria al entender que no se cumplieron los requisitos legales ni el derecho de información de los socios. La resolución abre ahora la puerta a posibles reclamaciones millonarias por parte de miles de abonados que, durante más de siete años, se vieron obligados a utilizar exclusivamente el sistema oficial del club, el llamado ‘seient lliure’, para ceder su asiento cuando no podían acudir al estadio.
El origen: el Clásico de 2018
La reforma llegó tras el escándalo de reventa detectado en el cásico de mayo de 2018 ante el Real Madrid. El club denunció entonces la existencia de una red fraudulenta que utilizaba códigos QR de abonos para revender entradas y cifró el perjuicio económico en 1,5 millones de euros solo en ese partido. “Habrá un antes y un después de esta acción”, proclamó la entidad.
Y lo hubo. En octubre de ese mismo año, la Asamblea General aprobó endurecer el artículo 73. Hasta entonces, solo se sancionaba la cesión del abono por un precio superior al oficial fijado por el club. Con la modificación, cualquier cesión con contraprestación económica, fuera cual fuera el importe, pasaba a considerarse infracción. En la práctica, los socios que no podían asistir al Camp Nou quedaban abocados al ‘seient lliure’, percibiendo una cantidad mínima y bajo amenaza de sanción si optaban por otra vía.
La rebelión de 26 socios
La sentencia del Supremo es consecuencia del recurso presentado por 26 socios, parte de los más de 2.800 abonados que fueron privados de acceso al estadio durante una temporada por una supuesta cesión irregular en aquel Clásico. Tras un largo recorrido judicial, el alto tribunal estima el recurso de casación, revoca las sentencias anteriores —que habían avalado la reforma— y declara nulo el acuerdo de modificación.
El fallo es contundente: al ser nulo, el artículo debe considerarse como si nunca hubiera estado vigente. Por tanto, recupera plena validez la redacción anterior a octubre de 2018. Eso implica que solo podría sancionarse a un socio si vende su abono por un precio superior al oficial del partido. Si lo cede por el mismo precio o por uno inferior, no debería ser castigado.
El abogado Luis Miralbell Guerin, del despacho BMG Abogados y representante de los denunciantes, sostiene que recurrir al ‘seient lliure’ no puede ser una “obligación impuesta bajo amenaza de sanción” y advierte de una posible “dimensión retroactiva” de la sentencia. El despacho estudia ahora si miles de socios podrían reclamar las cantidades que dejaron de ingresar durante estos años, en un escenario que podría tener un impacto económico muy significativo para el club.
Un nuevo frente en plena carrera electoral
La decisión judicial no impide que el Barça pueda volver a promover una modificación estatutaria similar, siempre que cumpla esta vez con todos los requisitos legales y garantice el derecho de información de los socios. Sin embargo, la actual convocatoria electoral en el club bloquea la celebración de una asamblea a corto plazo.
Así, será el próximo presidente ,ya sea Joan Laporta si resulta reelegido o el candidato que se imponga en las urnas, quien deba afrontar un asunto que amenaza con convertirse en un nuevo quebradero de cabeza institucional y económico para el Barça.
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