Declaración Renta 2025
Renta: Cómo tributan las criptomonedas en la declaración de la Renta
La declaración de los ingresos generados durante el último ejercicio fiscal incluye este año las transacciones con criptomonedas

Las criptomonedas ya se tienen que declarar en la Renta.
Ya se puede hacer el borrador de la declaración de la Renta 2025, aunque no será hasta el próximo 2 de abril que se abrirá el plazo para presentarla oficialmente.
Las criptomonedas se han convertido en un activo importante durante los últimos años y la regulación ha tardado algo más de tiempo en adaptarse a la nueva realidad, aunque es algo que sucede habitualmente, pues la tecnología siempre avanza más rápido que la ley.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que los movimientos relacionados con las criptos en España son considerados como ganancias y pérdidas del patrimonio personal, por lo que los declarantes están en la obligación de incluirlas en su documento.
Para ello, la Agencia Tributaria, ente que se encarga de la gestión de las declaraciones, ha establecido un nuevo apartado para que estas puedan incluirse, concretamente, las casillas 1800 - 1814.
En estas, los propietarios de monedas digitales deberán indicar las transacciones que han hecho a lo largo del último ejercicio fiscal, el valor de las adquisiciones y en qué fecha se realizaron dichas operaciones.
- 1802 y 1803: indicar las criptomonedas intercambiadas y recibidas
- 1804 y 1806: indicar el valor del intercambio para calcular cuánto se ha ganado con las operaciones.
Otras maneras de generar ingresos a partir de las criptomonedas
Más allá del valor intrínseco de las criptomonedas, estas pueden generar ingresos de otras maneras. La minería es una de ellas, aunque no está sujeta a la imposición del IVA. Otra forma son las ganancias por 'staking', que permite conseguir réditos financieros, y se diferencia entre el indirecto, es decir, a partir de una plataforma, y el directo.
En el primer caso, no hay noticias de parte de la Dirección General de Tributos, aunque expertos sostienen que lo obtenido a partir del 'smart contact' o 'exchange' debería declararse por generar un rendimiento de capital mobiliario. En caso de considerarse un rendimiento de capital mobiliario estos tributan entre el 19% y el 28% en la base del ahorro, mientras que si se trata de una consecuencia de una actividad económica, lo hacen entre el 19% y el 48%, según se indica en la base general. A diferencia de la minería, en cualquiera de los dos casos está sujeto al IVA.
Impuestos sobre las criptomonedas
- <6.000 €: se paga un 19% de IRPF.
- De 6.001 € a 50.000 €: se paga un 21% de IRPF.
- De 50.001 € a 200.000 €: se paga un 23% de IRPF.
- De 200.001 € a 300.000 €: se paga un 27% de IRPF.
- >300.000 €: se paga un 28% de IRPF.
También hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria obliga a declarar todo saldo en criptomonedas superior a los 50.000 euros.
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